Investigadoras advierten que sujeción vulnera derechos de personas mayores

7 Agosto 2018

Ya sea sujeción física, como se denomina al uso de elementos mecánicos que mantienen inmovilizado a un paciente, o farmacológica -que lo mantiene dopado-, el uso de este elemento no solo violenta, sino que además vulnera los derechos de los afectados, advirtió la académica de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Ángela Arenas.

La profesora, integra el equipo de profesionales del proyecto del Fondo de Fomento al Desarrollo Científico y Tecnológico (Fondef) denominado “Maltrato estructural a las personas mayores en Chile. Formulación de un índice multidimensional” y en el cual participan investigadores de las Facultades de Economía y Negocios (FEN) y de Ciencias Jurídicas y Sociales.

Arenas dijo que, pese a tratarse de una medida de uso terapéutico de ultima ratio, ha sido mal utilizada o sobre utilizada en muchos lugares, afectando, en particular, a las personas de la tercera edad.

“Muchas personas que se encuentran en un hospital o en residencias de larga estadía son sujetadas o restringidas en su libertad a través de este medio, lo que les genera daños no solo físicos, sino que psicológicos porque les afecta la autoestima, se sienten humilladas, y altera su percepción de la realidad”, expuso la docente en el marco de la presentación de un poster sobre la materia elaborado junto con la directora del mencionado proyecto, Carolina Riveros.

“Eso es una manifestación clarísima de lo que es el maltrato estructural en materia socio-sanitaria”, remarcó Ángela Arenas durante la presentación de la gráfica que fue expuesta en el marco del XXII Congreso Nacional de Geriatría y Gerontología.

Asimismo, recordó que el Plan Nacional de Demencias aborda el tema de la sujeción en el ámbito gerontológico, “porque uno de los desafíos que presenta la Convención Interamericana de los Derechos Humanos de las Personas Mayores dice relación con derechos que se consideran emergentes en el contexto de los cuidados paliativos, que son aquellos que se dan cuando las personas tienen alguna enfermedad crónica”.

En esa línea, precisó que “hoy día la tendencia es a buscar el fin de la sujeción como medida terapéutica”. Dicha Convención establece en su capítulo 3 que, entre los deberes generales de los Estados, se encuentra adoptar medidas para prevenir, sancionar y erradicar esta práctica, al igual que el aislamiento, el hacinamiento y la infantilización, entre otras.

No obstante, Ángela Arenas añadió que el uso de esta herramienta puede ser lícita si es informada y concertada previamente con el paciente, su familia o entorno de apoyo. “En esos casos es factible de aplicar, además en tiempos acotados porque nunca puede ser de uso permanente”, subrayó.

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