UTALCA perfeccionó reglamento interno de propiedad intelectual

25 Septiembre 2018

Establecer adecuadamente el campo de acción de las empresas de base tecnológica, evitando con ello situaciones que puedan atentar contra el Reglamente de Conflictos de Intereses (R.U.1696/2016), fue la finalidad en la modificación al reglamento de propiedad intelectual que entrará en vigencia en la Universidad en los próximos meses.

La normativa fue desarrollada por la Unidad de Propiedad Intelectual dependiente de la Vicerrectoría de Innovación y Transferencia Tecnológica de la Institución, que indicaron que con este cambio se armoniza el Reglamento de Propiedad Intelectual (PI) y/o Industrial y de Transferencia Tecnológica con el de conflicto de intereses.

La modificación establece que el proceso de creación de la empresa se efectuará exclusivamente en la Dirección de Transferencia Tecnológica o aquellas entidades a quienes la Universidad delegue dicha función, mientras que la participación de funcionarios académicos, no académicos, y personas contratadas a honorarios, en la propiedad de una empresa de este tipo deberá ser informada al decano, director de Instituto o superior jerárquico de la unidad académica respectiva, explicando la participación y rol en la EBT.

Por otra parte, el mejoramiento al reglamento de Propiedad Intelectual indica que los funcionarios académicos, no académicos y las personas contratadas a honorarios deberán abstenerse de participar de la gestión comercial de dicha empresa y no podrán tener la calidad de representante legal de la misma. Asimismo, no podrán participar de las acciones de comercialización que efectúe la Universidad con tal empresa, salvo en roles de asesoría técnica.

Pablo Villalobos, vicerrector de Innovación y Transferencia Tecnológica de la Institución, indicó que éste “es un instrumento que da el marco legal en materia de propiedad intelectual, estableciendo de manera clara, adecuada y precisa los derechos y deberes para la Universidad y los miembros de la comunidad universitaria”.

La autoridad universitaria afirmó que su finalidad es “fortalecer la protección de los activos de propiedad intelectual generados en la Institución, promover una cultura de propiedad intelectual, favorecer la creación de empresas de base tecnológica y fortalecer y gestionar la transferencia tecnológica”.

Los puntos más importantes del reglamento PI son: titularidad de la PI, derechos y deberes de la Universidad y de los miembros de la comunidad universitaria, regalías de Propiedad Intelectual, transferencia tecnológica, Comité de PI y empresas de base tecnológica.

AVANCES DEL REGLAMENTO

Maribel Muñoz, abogada y encargada de la Unidad de Propiedad Intelectual de la Vicerrectoría, manifestó que “la aplicación del Reglamento de PI en la Universidad ha permitido coordinar y gestionar de manera adecuada los derechos de propiedad intelectual derivados de los resultados de investigaciones, permitiendo una sana convivencia entre los autores y/o creadores de tales resultados y la institución”.

Por otra parte, el reglamento ha logrado establecer los procedimientos adecuados para poder proteger los activos de propiedad intelectual y gestionar su transferencia tecnológica, potenciando el rol del creado Comité de Propiedad Intelectual dentro de la Universidad. Muñoz indicó que el perfeccionamiento permite una buena vinculación con terceros en los procesos de transferencia tecnológica.

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