UTALCA realiza histórico proceso para renovar sus estatutos con participación triestamental

El 7 de agosto de 2019 se realizará un proceso para elegir a los 47 integrantes del Consejo Asesor Triestamental, que participará en la elaboración de la nueva normativa interna. Estará compuesto por académicos, estudiantes y funcionarios administrativos.

Autor: Daniel Pérez | 11 Julio 2019

De acuerdo a lo que establece la Ley de Universidades Estatales, promulgada en mayo de 2018, estas instituciones deben reformar sus estatutos en un plazo máximo de tres años. Para dar cumplimiento a esta disposición, en octubre de 2018 la Universidad de Talca creó una Dirección de Estatutos, que encabeza el proceso que permitirá crear una nueva normativa interna para la institución.

La casa de estudios es pionera en esta materia, ya que es la única “estatal” que ha creado una Dirección de Estatutos. Y el proceso se enmarca, además, en lo establecido en el programa de gobierno del rector Álvaro Rojas, apuntando a un modelo de universidad pública de calidad, participativa, moderna e inclusiva.

En este contexto, el 7 de agosto de 2019 se realizará un proceso eleccionario para elegir a los 47 integrantes del Consejo Asesor Triestamental, que estará compuesto por académicos, estudiantes y funcionarios no académicos. Esta instancia se encargará de recabar las propuestas emanadas desde la comunidad universitaria, observar el desarrollo del proceso y participar en la elaboración de contenidos para la redacción del estatuto. La idea es que la nueva normativa se genere desde las bases de la casa de estudios y no desde las autoridades hacia ellas.

El rector Rojas expresó que el desarrollo de una universidad es fruto del esfuerzo de su comunidad y por tal sentido señaló que el proceso de reforma estatutaria no es ajeno a ello: “Nosotros hemos hecho un esfuerzo para hacer una participación efectiva donde todos los estamentos están ampliamente representados en todos los campus. Lo importante es que los estatutos simbolicen el sueño de una comunidad por alcanzar su desarrollo futuro, con una universidad moderna, eficiente y compleja”.

Para una universidad el Estatuto es la norma legal equivalente a la Constitución para un país. Establece todo el funcionamiento de una Casa de Estudio, tanto en el ámbito académico como administrativo, también define sus normas de convivencia y su vínculo con la región.

La UTalca es una de las pocas instituciones de educación superior en el país que convoca un modelo participativo para esta temática. Para ello ha desarrollado una singular campaña comunicacional “bottom up” donde la comunidad universitaria, estudiantes, funcionarios y académicos no solo son el eje del discurso corporativo, sino los “rostros” de la campaña. Esta iniciativa, liderada por Comunicaciones Corporativas, tiene el eslogan “La Universidad la construimos entre tod@s”.​

TIPS

¿Por qué se está cambiando el estatuto?

La Ley 21.094 sobre Universidades Estatales obliga a estas instituciones a actualizar sus estatutos. Es un proceso importante porque implica modificaciones a las normativas internas de cada universidad.

¿Por qué no se había reformado?

El actual estatuto data de la creación de la universidad en 1981, en plena época de la dictadura. No se había podido cambiar debido a que no existían normas legales que permitieran desarrollar un proceso de adecuación.

¿Qué pasa si no se cambia el estatuto?

La citada Ley sobre Universidades Estatales contempla que si las casas de estudios no modifican sus estatutos, el Presidente de la República procederá a imponer un marco regulatorio tipo, sin participación ni injerencia de la comunidad universitaria. La propuesta de “estatuto tipo” ya fue enviada por el Mineduc a Contraloría, lamentablemente de manera inconsulta con las casas de estudio.

¿Cómo se compone el consejo asesor?

¿Cómo se estableció la distribución del Consejo Asesor Triestamental?

La distribución del porcentaje de este Consejo se hizo sobre la base del criterio que establece la Ley de Universidades Estatales 21.094, que será el cuerpo colegiado que reemplazará al Consejo Académico. Dicha normativa señala que los académicos tendrán una representación que no puede ser menor a los dos tercios del total del Consejo y el tercio restante estará ocupado entre funcionarios administrativos y estudiantes. Como ejemplo comparativo de representación en instancias similares se puede utilizar el senado de la Universidad de Chile que tiene una integración de 75% académicos (27), 19% estudiantes (7) y 6% funcionarios (2).

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