Analizan efectividad de penas alternativas a la cárcel

25 Abril 2016

Ya se cumplieron dos años desde la implementación de la Ley sobre Penas Sustitutivas a la cárcel que modificó la anterior legislación (N°18.216) en nuestro país, creando alternativas a la prisión, entre éstas, la reclusión parcial y la libertad vigilada intensiva, que implica el seguimiento de condenados a través del brazalete electrónico.

Sin embargo, aún no existen evaluaciones ni investigaciones referidas a la pertinencia de su diseño normativo, su implementación ni los cambios que ésta ha significado para los operadores del sistema de justicia, así como los infractores. Esto, considerando los objetivos trazados por la misma ley. Tampoco hay evaluaciones que den cuenta de los resultados o impactos de la normativa.

Así lo aseguró el académico Sebastián Salinero, del Centro de Estudios de Derecho Penal (CEDEP) de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de nuestra Universidad, quien dirige el proyecto de investigación Fondecyt Regular “Evaluación de la penas sustitutivas y el camino hacia una política criminal moderna de alternativas a la cárcel”.

PUNTO DE PARTIDA

A través de este estudio, el docente busca aportar un análisis del diseño legislativo de la mencionada Ley sobre Penas Sustitutivas a la Cárcel, que introduce una serie de medidas que favorecen la reinserción social. Mediante este trabajo académico también se revisará su implementación y los resultados, considerando los objetivos que motivaron la reforma.

“En el área de penas sustitutivas hay muy poco trabajado desde el ámbito de la doctrina, y desde lo empírico menos aún. Así las cosas, la investigación a las cual nos abocamos se erigirá como un punto de partida para la disciplina”, afirmó el profesor Sebastián Salinero.

La normativa vigente creó nuevas penas alternativas, que se suman a las ya existentes. Se trata de la reclusión parcial diurna, nocturna y de fin de semana (antes existía sólo la nocturna). Asimismo, la libertad vigilada intensiva, que conlleva el uso de la tecnología del brazalete electrónico. También la prestación de servicios en beneficio de la comunidad. Y la expulsión de condenados extranjeros con residencia ilegal.

HIPÓTESIS

Las cuatro principales hipótesis de este proyecto Fondecyt sobre las penas alternativas son: que corresponden a instrumentos eficaces de una política criminal orientada a la reducción de la reincidencia delictiva. Que deben ser impuestas equilibrando criterios de gravedad de la pena y considerando la idoneidad de la sanción de acuerdo al perfil criminológico de los condenados. Que las penas sustitutivas de la Ley N°18.216 reformada no fueron implementadas adecuadamente. Y que en el ordenamiento jurídico de Chile, las medidas alternativas a la cárcel no gozan de un diseño normativo adecuado.

En cuanto a los objetivos de esta investigación, se busca precisar qué se entiende por penas alternativas y su diferenciación con las sanciones privativas de libertad. Establecer la finalidad, caracterización y el ámbito de competencia de las mismas. Examinar y evaluar el funcionamiento de éstas en el país. Y formular criterios para una regulación de las penas alternativas a nivel nacional.

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