Universidad elegirá a representantes para consejos Superior y Universitario

La información de los procesos eleccionarios se publicará en el sitio www.estatutos.utalca.cl

3 Abril 2025

El lunes 30 de junio es la fecha en que deben estar constituidos con el pleno de sus integrantes los nuevos órganos colegiados de nuestra Casa de Estudios, el Consejo Superior y el Consejo Universitario, que reemplazarán a la actual Junta Directiva y el Consejo Académico, respectivamente.

“Deberán estar instalados a más tardar un año después de la promulgación del Estatuto, hito que ocurrió que el 30 de junio de 2024, es decir, a más tardar el 30 de junio del 2025”, explicó la secretaria general, Isabel Hernández Fernández.

Recordó que la conformación de ambas instancias además considera a representantes de los estamentos académico, administrativo y estudiantil, quienes se elegirán en votaciones abiertas cuyos reglamentos se encuentran aprobados en las resoluciones universitarias número 1083-2024 y 1084-2024.

“Por primera vez en ambas instancias colegiadas habrá participación triestamental con derecho a voto, gracias a un Estatuto que fue construido por la comunidad universitaria de forma democrática”, comentó Hernández.

La secretaria general indicó que toda la información alusiva al proceso, tanto en sus etapas previas como aquellas relacionadas con las próximas elecciones, se irán publicando en el sitio www.estatutos.utalca.cl

«Las y los invitamos a revisar esta página que será el canal oficial para dar cuenta de los procesos que muy pronto volverán a reunir a nuestra comunidad en torno a las urnas para elegir a sus representantes», señaló.

Órganos colegiados

El Consejo Superior será el nuevo máximo órgano colegiado de la Universidad. A esta entidad le corresponderá adoptar decisiones respecto a la política general de desarrollo y a distintos ámbitos estratégicos de la Universidad.

Estará compuesto por 9 miembros; 3 nombrados por la presidencia de la República; 4 representantes de la comunidad universitaria -una y un académico de las más altas jerarquías, una o un estudiante de pre o postgrado y una o un funcionario administrativo- elegidos en elecciones abiertas; 1 representante designado por el Consejo Universitario a partir de una terna propuesta por el Gobierno Regional; y la o el rector en ejercicio.

En tanto, el Consejo Universitario será el órgano colegiado representativo de la comunidad universitaria. Entre sus responsabilidades está ejercer funciones resolutivas en las materias del quehacer académico e institucional de la Universidad. Estará compuesto por el o la rectora quien lo preside; 22 representantes del estamento académico -entre los que se cuentan decanas, decanos, directores o directoras de instituto-; 5 representantes del estamento administrativo; y 5 representantes del estamento estudiantil de pre y postgrado.

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